este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho CIBEL GUTIERREZ, abogada en ejercicio, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, en contra de la decisión de fecha diecisiete (17) de diciembre de 2009, dictada por el Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) SE ORDENA al Juzgado Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, DECRETAR MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO, SOBRE BIENES MUEBLES, CRÉDITOS O CANTIDADES DEDINERO PROPIEDAD DE LA PARTE DEMANDADA; HASTA POR LA CANTIDAD QUE CONSIDERE PRUDENTE EL TRIBUNAL.