En este estado el tribunal Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, declara legalmente embargados preventivamente en este acto, los bienes señalados y descritos con anterioridad por la cantidad de SIETE MIL NOVECIENTOS BOLIVARES ( Bs.7.900,oo). Así mismo se hace entrega de los bienes legalmente embargados preventivamente en este acto el ciudadano RAFAEL GUTIERREZ, ya identificado, en representación de la Depositaria Judicial Santa Maria C.A (DEPOSACA), designada en auto de esta misma fecha, y juramentada su representante legal, quien manifestó recibirlo conforme, en las condiciones antes mencionadas. Siendo las doce y treinta minutos de la tarde, se da por terminado el presente acto. Termino se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TEMPORAL
ABOG. ANNELIESE GREGORIA GONZALEZ VERA
.....