Por todo lo antes expuesto de hecho y de derecho, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara de Zulia, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA, un Plazo de sesenta (60) días a la Fiscalía Décimasexta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Santa Bárbara de Zulia, de conformidad con el artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, en causa seguida en contra de los ciudadanos JOSE GREGORIO BERMUDEZ URDANETA, Venezolano, natural de Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón Estado Zulia, nació el 11-11-1978, de 29 años de edad, soltero, albañil, titular de la cédula de identidad N° 14.651.190, hijo de Rubén Bermúdez y de Digna Rosa Urdaneta, residenciado en las viviendas Rurales, calle 3, casa s/n, como a 5 casas del Taller Mecánica propiedad del ciudadano que le dicen El Purga, Santa Cruz de Zulia, Municipio Colón Es.....