Tribunal Séptimo de Juicio para el nuevo régimen procesal y transitorio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: EL ABANDONO DE TRÁMITE correspondiente a la presente acción de amparo constitucional, por parte del presunto agravido ciudadano JOSÉ GANDO MACHADO, en contra de la sociedad mercantil NET UNO C.A., ambas partes identificadas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre derechos y garantías constitucionales y en consecuencia, terminado el procedimiento.
SEGUNDO: En atención de lo dispuesto en el único aparte del referido artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, se impone a la parte accionante una multa por la cantidad de CINCO BOLÍVARES (Bs. 5,oo), pagaderos a favor del Fisco Nacional, en cualqu.....