RATIFICA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, dictada en fecha dos (02) de abril de 2005, en contra del ciudadano JHONDY ROJAS SOLANO, por la presunta comisión del delito de TRAFICO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCION, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas vigente para el momento de la comisión del hecho, por persistir una presunción razonable de peligro de fuga, en razón de la magnitud del daño causado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 250 y 251 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes.