este JUZGADO SUPERIOR CUARTO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia y por Autoridad de la Ley, declara:
1.- CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la representación judicial de la parte actora en el presente asunto, Sociedad Mercantil SUPER ENNE 2000 DR. PORTILLO, C.A., SUPER ENNE 2000 BELLA VISTA, C.A., SUPER ENNE 2000 FUERZAS ARMADAS, C.A, y SUPER ENNE 2000, C.A, a través de su apoderado judicial el profesional del derecho LEXI REGINA GONZALEZ PINEDA, contra la sentencia proferida en fecha 30 de abril de 2012, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de este Circuito Judicial Laboral.
2.- SE REVOCA el fallo apelado,
3.- SE ORDENA al Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia DECRETE LA MEDIDA CAUTELAR INNOMINADA DE SUSPENSIÓ.....