este Tribunal conforme a los artículos 585 y 588 del Código de Procedimiento Civil decreta Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble constituido por un lote de terreno ubicado en la Avenida 4 de Mayo, Sector Genovés, Municipio Mariño de este estado, con una superficie de Mil Novecientos Ochenta y Siete Metros Cuadrados con Treinta y Nueve Centímetros Cuadrados (1.987,39mtrs2) comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: En Cincuenta y Cuatro Metros con Ochenta Centímetros (54,80mtrs), con terrenos que son o fueron de Jorge Luis Martínez Izaguirre, desde el punto E cuyas coordenadas son (N 1.213.840.372, E 408.763.918) , al punto D cuyas coordenadas son (N 1.213.821,552, E 408.815.383) y en treinta y Seis Metros con Cincuenta Centímetros (36,60mtrs) del punto C cuyas coordenadas son (N 1.213.836.674, E 408.820.654) y el punto B cuyas coordenadas son ( N 1.213.832.682, E 408.855.929), con terrenos que son o fueron de.....