SE CONCEDE A LA FISCALIA TRIGESIMO OCTAVA DEL MINISTERIO PUBLICO, el plazo de TREINTA Y CINCO (35) DIAS, para presentar el acto conclusivo en el presente asunto; lapso éste computado a partir del día siguiente a la presente decisión, es decir, del día VEINTIDOS (22) DE NOVIEMBRE DEL DOS MIL OCHO (2.008).