La ciudadana IRIS DE LA CONCEPCIÒN PERNALETE GASPERI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.940.518, de este domicilio, manifestó estar separado de su esposo NELSON ENRIQUE LUCENA, venezolano, mayor de edad, con C.I. Nº 4.200.691, de este domicilio, hace más de cinco (5) años, por lo que solicita el Divorcio. Acompañó Acta de Matrimonio. Admitida la solicitud el 14-08-2007, se acordó la comparecencia del cónyuge la cual fue lograda en forma personal. Se notificó a la Fiscal Decimoquinto del Ministerio Público quien consignó escrito.
Este Tribunal para decidir observa:
U N I C O: Cumplidos los requisitos del Artículo 185-A del Código Civil, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara DISUELTO el vínculo conyugal que contrajeran la ciudadana IRIS DE LA CONCEPCIÒN PERNALETE GASPERI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 5.940.518, de este domicilio y el ciudadano NELSON ENR.....