Por todos los razonamientos antes expuestos de hecho y de derecho este TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA TERCERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSIÓN SANTA BÁRBARA DE ZULIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA: MEDIDA DE PROTECCIÓN a los ciudadanos HILDA ROSA FLOREZ DE HOYOS, extranjera, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° E-81.845.334, y de su hijo VICTOR CHACON FLOREZ, ambos domiciliados en la calle 7, Barrio Ezequiel Zamora, casa s/n, Municipio Colón del Estado Zulia, para evitar posibles atentados en sus contra. Se comisiona al Destacamento de la Policía Regional del Estado Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, para que funcionarios de ese órgano policial brinden de manera integral, seguridad, controlar, regularizar y garantizar la situación de peligro de vida de los ciudadanos anteriormente nombrados, quienes de manera coordinadas deber.....