DECISION
Con fundamento en lo precedentemente expuesto este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se Revoca la medida de Colocación Familiar provisional otorgada a la ciudadana Odila González en fecha veintiuno (21) de octubre de 2014 y se declara: Con lugar la solicitud de Colocación Familiar presentada por los ciudadanos Victoria González y Pedro Castillo. En consecuencia, se les concede a dichos ciudadanos, la colocación familiar de la niña (omitido de conformidad con lo establecido en la norma del articulo 65 LOPNNA) y por consiguiente se les otorga la Responsabilidad de Crianza de la misma, quienes serán los responsables de ella ante las personas naturales y jurídicas.