esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos Juan Manuel Bermúdez Rodríguez y Milagros del Valle Narváez Castillo, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad números 15.005.846 y 15.676.448 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 23.06.2003 ante la Primera Autoridad Civil del Municipio García del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 17 inserta a los folios 37 y 38 del Libro de Registro de Matrimonio llevado ante dicho Despacho.
Extinguida la Comunidad de Gananciales.
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