este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho MARY CARMEN CARRION CEDEÑO actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 10 de julio de 2009 y de su aclaratoria de fecha 14 de julio de 2009, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la defensa previa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por la parte demandada PETROLEOS DE VENEZUELA S.A., al ciudadano ELIO ANTONIO BOSCAN GUTIERREZ3) SIN LUGAR la demanda que por Prestaciones Sociales, Reclamo y otros conceptos laborales intentó el ciudadano ELIO ANTONIO BOSCAN RODRIGUEZ en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETRÓLEO S.A.