En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio presentada por los ciudadanos ARTURO JOSE LEON WETTER y XIOMARA GONZALEZ DE LEON, ya identificados con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: Disuelto, el vinculo Matrimonial que los unía desde el Tres (3) de Marzo de 1.977, cuando contrajeron Matrimonio Civil por ante la Jefatura civil del Municipio Cristo de Aranza, Distrito Maracaibo de Estado Zulia, según consta de Acta de registro de matrimonio correspondiente al año 1977 bajo el N° 130, en un todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-