Impone al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, la sanción de LIBERTAD ASISTIDA : prevista en el artículo 626 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, consistente en recibir orientación, supervisión y vigilancia ante los profesionales adscritos al Equipo Multidisciplinario de esta sección adolescentes una vez al mes, y SERVICIOS A LA COMUNIDAD ante la Dirección de protección Civil, una hora semanal , POR EL LAPSO DE SEIS (06) MESES. Consistente en: tareas de interés general que el o la adolescente debe realizar en forma gratuita, por un periodo que no exceda de seis (06) meses, durante una jornada máxima de 8 horas semanales preferiblemente los días sábados, domingos y feriados o en días hábiles pero sin perjudicar la asistencia a la institución educativa o jornada normal de trabajoen vista a la admisión de los hechos realizada de manera voluntaria por el adolescente Cítese al adolescente: IDENTIDAD OMITIDA, ampliamente identificados en autos junto a su.....