VIII.- DISPOSITIVA.
En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por el abogado LUIS MIGUEL SUNIAGA, apoderado judicial de la parte actora en contra de la sentencia dictada en fecha 22 de julio de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Nueva Esparta.
SEGUNDO: SE REVOCA la sentencia dictada en fecha 22 de julio de 2005, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción judicial del estado Nueva Esparta.
TERCERO: Se declara la nulidad de la venta con pacto de retracto contenida en documento protocolizado ante la Oficina Subalterna de Reg.....