¿ CON LUGAR, la actividad recursiva ejercida por el profesional del derecho DAMIAN NAVA VILLALOBOS, ya identificado, actuando como apoderado judicial de la parte demandada, contra sentencia dictada por el Juzgado del Municipio Baralt de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 14 de abril de 2011.
¿ REVOCADA la sentencia apelada en todas sus partes y, por ende,
¿ SIN LUGAR la demanda incoada por el ciudadano GIRALDIE JESÚS AGUILAR LOZADA, identificado en autos, contra el ciudadano RIGOBERTO JOSÉ URDANETA SARCO, igualmente identificado en las actas del proceso.
Se condena en las costas generales de ley a la parte actora, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Regístrese y Publíquese. Déjese copia certificada por Secretaría del presente fallo, de conformidad con el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1.384 del Código Civil y a los fines previstos en los ordinales 3 y 9 d.....