Este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, SUSTITUYE MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, a favor del ciudadano DARWIN JOSÉ PEREIRA BRITO, y en su lugar DICTA MEDIDA CAUTELAR MENOS GRAVOSA, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO FRUSTRADO EN GRADO DE COOPERADOR INMEDIATO, y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos en los artículos 406 ordinal 1° en relación con los artículos 80 y 82 del Código Penal y 417 ejusdem, por haber permanecido detenido dos (2) años y dieciocho (18)el artículo 407 del Código Penal, por haber transcurrido dos (2) años y dos (2) meses, detenido sin juicio previo y sin que el Fiscal solicitara la prórroga, se ordena presentación periódica cada quince (15) días ante la Oficina del Alguacilazgo, Líbrese boleta de libertad para el acusado. Notifíquese a las pa.....