DECISIÓN
En imperio de los preconcebidos fundamentos, esta Sala de la Corte de Apelaciones en sede Constitucional del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, arriba a los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA INADMISIBLE, el Amparo Constitucional contra la decisión emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 de este Circuito Judicial Penal, (Acta de Audiencia Preliminar) dictada en fecha 20 de julio de 2006.
SEGUNDO: DECLARA INADMISIBLE LA ACCION DE AMPARO CONSTITUCIONAL contra la resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del estado Nueva Esparta, conforme al artículo 6 ordinal 5° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, intentada por los accionantes. ASI SE DECLARA.
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