"Por los razonamientos precedentemente expuestos, este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la acción de COLOCACIÓN FAMILIAR incoada por el Consejo de Protección del Niño y del Adolescente del Municipio Antolín del Campo del estado Bolivariano Nueva Esparta, en contra de la ciudadana KRISLIN YSABEL GÓMEZ ADRIAN, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad N° V-20.324.215; en consecuencia se acuerda la REINTEGRACIÓN del niño "cuya identidad se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente"