PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por las abogadas LUZ MARINA ARRIETA y ALBA COLINA, inscritas en el Inpreabogado bajo el Nros. 61.939 y 61.957 respectivamente, en su carácter de defensoras del ciudadano JOSE ALBERTO TORRES AVENDAÑO, [...], en contra de la decisión N° 160-14, de fecha 14 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado de Sexto Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia.
SEGUNDO: CONFIRMA la decisión N° 160-14, de fecha 14 de febrero de 2014, dictada por el Juzgado de Sexto Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión del delito de ROBO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en los artículos 5 y 6 ordinales 1, 2, 3 y 10 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores,.....