En fuerza de las anteriores consideraciones, esta Jueza del Tribunal Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos y de Bienes, formulada por los ciudadanos Ángel Luís Mata González y Mireyda del Valle Rodríguez Rojas, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 11.535.719 y 12.919.321 respectivamente, con fundamento en el Artículo 185 del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 29.04.1999 ante la Prefectura de la Parroquia Sucre, Municipio Gómez del Estado Nueva Esparta, según consta de acta número 11, inserta al vuelto del folio 06 del Libro de Registro de Matrimonio llevado ante dicho Despacho.....