Este JUZGADO SUPERIOR QUINTO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR EL RECURSO, de apelación interpuesto por la parte codemandada PERENCO VENEZUELA, S.A en contra de la decisión de fecha cinco (05) de junio del año 2007, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia para el Nuevo Régimen. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ALFREDO MIGUEL BERMUDEZ ALAMBAR en contra de las sociedades mercantiles codemandadas SERVICIOS MARITIMOS ESPECIALIZADOS, C.A (SERMARES) y solidariamente a PERENCO DE VENEZUELA. TERCERO: SE MODIFICA EL FALLO APELADO. CUARTO: No se condena el pago de costas procesales del presente recurso