Se declara Secuestrado Preventivamente el inmueble en el cual se encuentra constituido, y antes identificado, por ser el mismo que aparece señalado en el Despacho comisorio, tal como fue verificado por el experto designado en este acto, y lo puso en posesión de los apoderados actores secuestra torios Judiciales, quienes lo recibieron completamente desocupado, por cuanto la codemandada notificada en este acto, retiró las bolsas negras, y otros enseres de su propiedad hasta otro sitio bajo su total y absoluta responsabilidad, decretado por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA.-