PRIMERO: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, presentada por los ciudadanos YANNY CECILIA REYES GONZALEZ y DAVID MARTIN LOPEZ MARQUEZ, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-9.894.708 y V- 5.442.053, respectivamente, domiciliados en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron ante la Prefectura del Municipio Cabimas del Estado Zulia, hoy Registro Civil de la Parroquia Cabimas del Municipio Cabimas del Estado Zulia, el día veintitrés (23) de Diciembre de 1991, como se evidencia del Acta de Matrimonio No. 564, expedida por la mencionada autoridad civil.
SEGUNDO: Se Acuerda oficiar al Registrador Civil del Municipio Cabimas del Estado Zulia y al Registrador Principal del Estado Zulia, para que estampen la respectiva nota marginal al Acta de Matrimonio acompañada, signada con el número 564.
TERCERO: No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del prese.....