En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) SE NIEGA: LA MEDIDA DE EMBARGO: solicitada por la ciudadana IVANOBA FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.758.180, de este domicilio obrando en representación de los ciudadanos CIRO ÁNGEL FERRER, JORGE LUÍS FERRER, LUÍS DAVID FERRER y CIRA LUISA FERRER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 4.528.987, 5.854.389, 5.854.388 y 7.612.055 respectivamente, de este domicilio, asistida por la abogado MORELBA SARCOS, venezolana, mayor de edad, inscrita en el inpreabogado Nº 71.105, en contra de los ciudadanos ORLANDO RADHAMES PIMENTEL DUME y ADELINA ZAMBRANO, dominicano el primero, venezolana la segunda, mayor de edad, titular de la cédul.....