1.- SIN LUGAR la defensa referida a la prescripción de la acción invocada por la parte demandada.
2.- CON LUGAR, la demanda incoada por el ciudadano NINO JOSÉ ROJAS RAMÍREZ en contra de la empresa TRANSPORTE CONSOLIDADO MARACAIBO C.A. , ambas partes suficientemente identificadas en las actas procesales, por motivo de Prestaciones Sociales y otros Conceptos Laborales, y en virtud de la confesión ficta declarada en la presente causa, de conformidad con el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
3.- SE CONDENA a la empresa demandada a cancelar al ciudadano NINO JOSÉ ROJAS RAMÍREZ, la cantidad de ONCE MILLONES VEINTE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE BOLÍVARES CON NOVENTA Y UN CÉNTIMOS (Bs. 11.020.747,91), por los conceptos especificados en la parte motiva del presente fallo, más el concepto de intereses sobre prestaciones sociales.
4.- SE ORDENA la realización de una experticia complementaria del fallo, a los fines de la determinación de los intereses sobre prestacion.....