PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Publico, y en consecuencia ORDENA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano: NESTOR LUIS PULGAR DIAZ, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD V- 26.410.625, por el delito de: AMENAZA PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 55 DE LA LEY ORGANICA SOBRE EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIA Y DAÑOS A LA PROPIEDAD CON VIOLENCIA, PREVISTO Y SANCIONADO EN EL ARTICULO 473 DEL CODIGO PENALcometido en perjuicio de la ciudadana: CLEYDIMAR MADRIZ. SEGUNDO: SE RATIFICAN LAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN a favor de la victima las establecidas en el artículo 90 ordinales 3° Y 5° de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, consistentes en: ORDINAL 3:- Ordena la salida del presunto agresor de la residencia en común, ORDINAL 6.- Prohibir al presunto agresor realizar actos de intimidación, persecución y acoso por sí mismo o por terceras personas en contra de la victima de autos y cualquier integran.....