Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
• Consumado el Acto Procesal del Convenimiento sobre Régimen de Convivencia Familiar, de fecha 22 de Octubre de 2013, celebrado por los ciudadanos SILVIA MORAN ESCALONA y ROBNY DIAZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 18.574.444 y N° 22.453.199, respectivamente, asistida la primera por la Defensora Pública abogada ANA MARIA POLANCO, y el segundo por el Defensor Público abogado MANUEL PALMAR, celebraron un Convenimiento de Régimen de Convivencia Familiar, en beneficio del niño DIEGO DIAZ MORAN, y pasándolo en autoridad de cosa juzgada como sentencia definitivamente firme, y en consecuencia QUEDA APROBADO Y HOMOLOGADO el referido convenimiento transcrito en la parte narrativa de esta decisión.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada por secretaria.