ZULIA, con competencia en esta materia de conformidad con lo establecido en la Resolución N° 2009-0006, emanada del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 18 de Marzo de 2.009, publicada en Gaceta Oficial N° 39.152 en fecha 02 de Abril de 2.009, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A, formulada por los ciudadanos RAMON ANTONIO BADELL URDANETA y NINOSKA DEL VALLE SANCHEZ CASTELLANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-11.394.721 y V-15.986.864 respectivamente, domiciliados en el Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia; en consecuencia, QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ellos habían contraído el día 05 de Junio de 1.999, por ante el Jefe Civil y Secretaria de la Parroquia Potreritos, Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zulia, hoy Registro Civil de la Parroquia Potreritos, Municipio La Cañada de Urdaneta del Estado Zul.....