En virtud de lo antes expuesto, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Articulo 185-A del Código Civil, presentada por los Ciudadanos JOSE DEL PILAR GUTIERREZ y ORFA EDITH ALVAREZ VASQUEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números 5.051.458 y 4.059.395, respectivamente, y domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha veintiséis (26) de Noviembre de mil novecientos ochenta y tres (1.983), por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Alonso de Ojeda del Municipio Lagunillas del Estado Zulia, inserta bajo el N° 449 de los libros respectivos.
TERCERO: Se ordena remitir mediante oficio sendas .....