En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara formalmente embargado preventivamente el bien mueble (vehículo) anteriormente señalado, descrito y avaluado y hasta por la cantidad de NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. F. 9.000,oo) y hace entrega del mismo a la Depositaria Judicial Provisional a los efectos de su guarda y custodia, y por no tener mas diligencias que practicar ordena la remisión del despacho con sus resultas al Tribunal de la Causa previa certificación de copia de las presentes actuaciones para ser archivada en este Juzgado Ejecutor de Medidas.