Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO NOVENO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, ORDENA el SOBRESEIMIENTO de la Causa seguida en contra del Ciudadano JORGE DAVID MARTÍNEZ ROJANO, de nacionalidad Colombiano, natural de Manatí, de fecha de nacimiento 12-04-57, de 50 años de edad, Soltero, Indocumentado, hijo de los ciudadanos María Rujan y Virgilio Martínez, y residenciado en el Barrio Armando Reverol, Calle 92, Casa sin número, Maracaibo, Estado Zulia, por la comisión del delito de INCENDIO, previsto y sancionado en el Artículo 344 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana NIVIA MARGARITA VASQUEZ RODRÍGUEZ, en conformidad con lo dispuesto en los Artículos 318, Ordinal 3º, y 48, Ordinal 8º, del Código Orgánico Procesal Penal, acogiendo así la solicitud Fiscal.
Regístrese esta de.....