Seguidamente el Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara legalmente embargado las PRESTACIONES SOCIALES que le puedan corresponder al ciudadano JAIRO GUTIERREZ, antes identificado en su condición de trabajador al servicio de la empresa TRANSPORTE ZUMAQUE en caso de despido, retiro, incapacidad parcial o total o muerte, hasta cubrir la cantidad de VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS OCHO BOLIVARES CON 07/100 (Bs. 25.376.708,07) suma intimada. Se le informa al notificado que las cantidades de dinero a retener deberán ser remitidas en Cheque de Gerencia a nombre del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en San Cabimas. Así mismo se le informa al notificado que al hacer la retención, deberá respetarse lo establecido en el artículo 163 de la Ley Orgánica del Trabajo y siguiendo la escala pr.....