DISPOSITIVA
En virtud de las anteriores consideraciones, esta Operadora Judicial Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara: CON LUGAR la presente demanda y en consecuencia RECONOCIDO EN SU CONTENIDO Y FIRMA EL DOCUMENTO cursante al folio 67, de la solicitud signada con el Nro.110-2017 de las solicitudes llevadas por ante este Tribunal, solicitud intentada por el ciudadano FELIPE JOSE TORRES FLORES, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nº V-7.897.715, domiciliad en Quíbor, Municipio Jiménez, Estado Lara, asistido por la abogada en ejercicio TIOMALY ANAIS ESCALONA GUTIERREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 177.291, domicilio procesal en la ciudad de Quíbor Municipio Jiménez Estado Lara, en contra del ciudadano NORDIN JOSE TORRES MENDOZA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-2.591.188, domiciliada Quíbor, Municipio Jiménez.....