En consecuencia, se exhorta a la Comunidad del Consejo Comunal "Doña Elisa" en Asamblea de Ciudadanos a hacer uso de las herramientas suministradas por el legislador a los fines del control, la eficiencia y la transparencia de su gestión, de manera que en caso como el de autos se haga uso de la herramienta contenida en el artículo 39, numeral 6° de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales. ASI SE DECIDE.
Vistas las consideraciones antes expuestas, mediante la cual se declara improcedente la solicitud de vías de hechos por la negativa a la entrega de "los sellos, computadoras, chequeras y los libros correspondientes de la Unidad de Contraloría Social y de finanzas, así como la declaratoria de que la vocera Isabel Teresa Cova, no presento la debida cuenta como integrante de la Unidad de Contraloría Social del Consejo Comunal Doña Elisa en los periodos 2009-2011 y 2011-2013, de conformidad al numeral 4 del artículo 34 de la Ley Orgánica de los Consejos Comunales, lo que conlleva a la.....