DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Séptimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA-VENTE interpuesta por los ciudadanos VLADIMIR JOSE REAÑO ESTUPIÑAN y DIANELA GONZALEZ HERNÁNDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° 8.602.602 y 7.788.652, domiciliados en Maracaibo, estado Zulia; contra la ciudadana MARTA JOSEFINA ZABARCE BORJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 3.118.211, y domiciliada en Maracaibo, estado Zulia. ASI SE DECIDE.-
SEGUNDO: CON LUGAR la reconvención por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE OPCIÓN A COMPRA-VENTE interpuesta por la ciudadana MARTA JOSEFINA ZABARCE BORJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de iden.....