En el día hábil de hoy, 21 de Abril de 2010, siendo las 8:42 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen la apoderada judicial abogada Odalis Corcho en representación de la demandante en su condición de Procuradora de Trabajadores y AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA C.A en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, debidamente representada por la apoderada judicial la abogada Fanny Velarde, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada pagará al demandante el 31/05/10 en la sede del Tribunal la cantidad de dos mil cuatrocientos setenta y cinco bolívares con cuatro céntimos (Bs. 2.475,04). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA.....