En el día hábil de hoy,21 de Abril de 2005, siendo las once de la mañana. comparecen el ciudadano Luis Pulgar y la empresa Koinonia C.A. en su carácter de parte actora y demandada respectivamente, representados por apoderados judiciales abogados Josefina Baralt, apoderada actora y Carlos Inciarte, apoderado de la demandada, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo La parte demandada ofrece pagarle a la parte actora, quien acepta recibirla, la cantidad de TRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL SETECIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES CON NOVENTA (Bs 3.335.725,90), la cual cubre todos y cada uno de los conceptos reclamadados, así como honorarios profesionales, suma esta que será cancelada dentro del término de ciento veinte (120) dias continuos, contados a partir de la presente fecha, por lo que ambas solicitan se homologue el acuerdo de pago celebrado, se le dé el carácter de cosa juzgada, se dé .....