Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara:
1.-. SE DECLARA la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en el presente Recurso que se sustancia bajo el expediente No. 384-05 incoado por la contribuyente la contribuyente COMERCIAL LUVI, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, bajo el numero 46, tomo 3-A de fecha 26 de Enero de 1998, de este domicilio e inscrita en el registro de información fiscal bajo el numero J-305029784, contra el acto administrativo contenido en la Resolución signada con letras y números RZ/DF N-4045009871, N-4045009872, N-4045009873, N-4045009874, N-4045009875, N-4045009876 todas de fecha de 26 de Agosto de 2004 fecha 22 de diciembre de 2008, emanada de la Gerencia de Recursos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduan.....