DECISIÓN: DECLARA: 1) PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por el demandado. 2) NULA la sentencia interlocutoria de fecha 17 de diciembre de 2013 recurrida. 3) CONFIRMA la sentencia de fecha 2 de agosto de 2011 dictada por la Sala de Juicio del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, a cargo del Juez Unipersonal N° 3, en ejecución de convenimiento de Obligación de Manutención propuesta por la ciudadana LIMILETH DEL VALLE LABARCA MALDONADO en representación de sus hijos, contra el ciudadano FREDIS ANTONIO VILLEGAS BARRIOS. 4) CONFIRMA la recurrida en cuanto a la condena del progenitor al pago de la cantidad de Bs. 1.125,39. 5) PONE en estado de ejecución forzosa lo convenido por las partes y ordena el pago inmediato de la cantidad de Bs. 1.125,39, por diferencia de manutención. 6) NO HAY condenatoria en costas en virtud de lo decidido.