En consecuencia y con mérito a los argumentos antes señalados este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta:
1) LA MEDIDA DE SECUESTRO: Sobre el mueble constituido por un vehiculo marca: CHEVROLET, tipo: SPORT WAGON, modelo: GRAND VITARA 5 PTAS. 4x4 T/M. A/A, serial de motor: 58V341287, serial de carrocería: 8ZNCA13C58V341287, año: 2008, placa: AA110HA, color: BLANCO, uso: PARTICULAR, según documento de venta a crédito con reserva de dominio de fecha 27 de junio del 2008, ante la Notaria Pública Vigésima Quinta del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Todo de conformidad con el articulo 22 de la Ley de Venta con Reserva de Dominio, solicitada por la demandante Sociedad Mercantil GENERAL MOTORS ACCEPTANCE CORPORATION DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distr.....