VIII.-Dispositiva.
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta, administrado justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara:
Primero: Sin lugar el recurso de apelación interpuesto por la abogada Ciria Matilde Agreda apoderado judicial de la parte demandada, contra la decisión de fecha 05 de noviembre de 2008, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Nueva Esparta.
Segundo: Se Confirma la decisión apelada dictada en fecha 05 de noviembre de 2008 por el mencionado Tribunal de Instancia.
Tercero: Se condena en costas del recurso a la apelante, de conformidad con el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil.
Cuarto: Notifíquese a las partes por haberse dictado el fallo fuera del término legal de conformidad con lo previsto en.....