Por todos los fundamentos de hecho y de derecho antes expuesto, y con base en los elementos de convicción presentados, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara; ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY: HOMOLOGA y APRUEBA, el presente Acuerdo Reparatorio, y en consecuencia, SE DECRETA, la extinción de la acción penal y el Sobreseimiento de la presente causa penal, en lo que respecta a los ciudadanos: NEUDIS ENRIQUE TORREALBA PARRA, de nacionalidad venezolana, natural de Santa Bárbara de Zulia, Estado Zulia, de 33 años de edad, fecha de nacimiento: 12-11-1973, de profesión u oficio constructor, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.492.175, y residenciado en la calle 6, casa Nº 7-52, San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, y ALEXANDER JOSE BLANCO GONZALEZ, de nacionalidad venezolana, natural.....