1. SE ADMITE la presente acción de amparo constitucional sobrevenido incoado por el ciudadano JUAN BERNARDO LIZIO PAVAN, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad número 18.394.471, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, actuando en mi propio nombre y representación y además con el carácter de Presidente de la Sociedad Mercantil OBRAS MARÍTIMAS Y CIVILES, C.A., debidamente inscrita ante el Registro de Comercio que llevó la secretaria del Juzgado Primero de Primera instancia en lo Civil y Mercantil Estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de julio de 1954, anotado con el número 2, folios del 17 al 20, y posteriormente ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con el número 924, carácter que se evidencia del Acta de Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada en fecha seis (06) de julio de 2021, y registrada en fecha ocho (08) de diciembre de 2021, anotado con el número 52, Tomo 54-A RM1, domiciliada.....