Este Tribunal de conformidad con lo pautado en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil aplicado por remisión expresa del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, le imparte la HOMOLOGACIÓN al Desistimiento realizado por el apoderado del reclamante en la presente causa, en los términos expuestos en el mismo; pasando tal actuación con Autoridad de Cosa Juzgada; en consecuencia, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Regional en su debida oportunidad para su resguardo y cuido.