Dispositiva
Por las razones de hecho y de derecho antes señaladas, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Competente en Materia de Delitos de Violencia Contra la Mujer, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: UNICO: Declara SIN LUGAR la prescripción de la pena, solicitada por la Defensa Pública, para el Penado ELPIDIO RAFAEL RAMIREZ COVA, titular de la cédula de identidad N° V- 14.422.720, sentenciado a cumplir la pena de UN (01) AÑO y CUATRO (04) MESES DE PRISIÓN, por los delitos de VIOLENCIA PSICOLOGICA y VIOLENCIA FISICA AGRAVADA, previstos y sancionados en los artículos 39 y 42 segundo aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujeres a Una Vida Libre de Violencia; ello en virtud de que la pena prescribe transcurridos DOS (02) AÑOS, por haber sido condenado el penado a un (01) año y cuatro (04) meses, que al adicionarle los ocho (08) meses.....