Por los argumentos recientemente expuestos, este JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN MARACAIBO Y COMPETENCIA EN EL ESTADO FALCÓN, actuando en sede constitucional y administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción de amparo constitucional interpuesta por el profesional del derecho Ali Macario Rivas, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil Distribuidora Auge, c.a., contra la Superintendencia Nacional de Silos, Almacenes y Depósitos Agrícolas, todos ya identificados en el texto del presente fallo.....