DECLARA:
a) LA PERENCION DE INSTANCIA en la presente causa de RESTITUCIÓN DE CUSTODIA, incoada por la ciudadana ROSA MARÍA ANDRADE ANZOATEGUI; venezolana, mayor de edad, cedulada bajo el N° V- 10.443.375; domiciliada en el Municipio Maracaibo del Estado Zulia; en contra del ciudadano RAUL ALBERTO RINCÓN ZULETA, venezolano, mayor de edad, cedulado bajo el N° V- 7.685.071; del mismo domicilio, actuando en relación con su hijo (SE OMITEN LOS NOMBRES DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES POR RAZONES DE CONFIDENCIALIDAD).-
b) TERMINADA la presente causa y en consecuencia, se ordena el archivo del expediente.-
No hay condenatoria de costas debido a la naturaleza del proceso.-
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.-