Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por el profesional del derecho CARLOS LEON actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandada en contra de la sentencia definitiva dictada en fecha 28 de julio de 2008, por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) CON LUGAR la defensa previa de PRESCRIPCION DE LA ACCION opuesta por la parte demandada PDVSA PETRÓLEO S.A., a la parte demandante ciudadano LUIS EDUARDO ROSALES RIVERO. 3) SIN LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES intentó el referido ciudadanoLUIS EDUARDO ROSALES RIVERO en contra de la Sociedad Mercantil PDVSA PETROLEO S.A.